Evaluarán perfiles para designar Rector de la UCLA

Foto Cortesía: Prensa UCLA

El ministro para la Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología, Hugbel Roa, manifestó con respecto a la situación actual de la Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado” que se evaluaran los perfiles que presentará la comisión designada por el Consejo Nacional de Universidades (CNU) para el nombramiento del Rector de la UCLA, proceso que se realizará en el lapso que establece la normativa del CNU para la designación de las autoridades en caso de faltas absolutas.

La información fue suministrada en el marco de la sesión ordinaria del Consejo Nacional de Universidades (CNU), realizado el martes 01 de Noviembre, en la Universidad Politécnica Territorial Andrés Eloy Blanco (UPTAEB), a la que asistió la Dra. Nelly Velasquez, rectora encargada en representación de la UCLA.

Procedimiento sin aprobación

El procedimiento para la designación de autoridades en las universidades nacionales ante faltas absolutas, a la que se habría referido el ministro de educación universitaria, Hugbel Roa como normativa, no ha sido aprobado por el Consejo Nacional de Universidades, motivo por el cual no es posible argumentar que se sustentarán en los lapsos que en éste se establecen para nombrar un rector para la UCLA.

De esta manera se expresó la profesora Nelly Velásquez, rectora encargada de la UCLA, quien explicó que el pasado 28 de marzo de 2017 se nombró una comisión en el seno del CNU para analizar el informe referido por la Consultorìa Jurídica del CNU, en el que se establece el procedimiento que debería regir para la designación de autoridades ante falta absoluta en las universidades nacionales en las que se prevé elecciones, motivado por la muerte de dos autoridades en funciones y la renuncia de un secretario general.

Ante esta medida, en la sesión del CNU de marzo de 2017, los rectores pertenecientes a la Asociación Venezolana de Rectores Universitarios salvaron su voto, entre ellos la profesora Nelly Velásquez, por considerar que se presenta en este procedimiento un trato igualitario para todas las universidades, aun cuando las mismas poseen un régimen normativo diferenciado dada su condición de autonomía y de experimentalidad, y por lo tanto calificó como improcedente e ilegal la tramitación y decisión global para todas las instituciones ya que se desconoce las particulares normas que las regulan, que en el caso de la UCLA es de preferente aplicación su Reglamento por mandato de la Ley de Universidades.

La profesora Velásquez argumentó además que se precisa ampliar la motivación que dio origen a este procedimiento, debido a que se sustentó en tres casos específicos que ya han sido tratados dentro de sus universidades así como ante el Consejo nacional de Universidades.

Información Cortesía: Prensa UCLA / Redacción: Lcda. Aura Elisa Parra. Lcda. María Fernanda Muñoz

Publicación: Jhoan Gutiérrez / World Stereo

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